¿Cuándo se hace la Declaración Anual? Fechas límite y todo lo que necesitas saber

La declaración anual se presenta en fechas específicas según tu tipo de contribuyente: personas físicas del 1 al 30 de abril, y personas morales del 1 de enero al 31 de marzo. Conocer estas fechas exactas puede ahorrarte multas de hasta $15,000 pesos.

¿Cuándo exactamente se hace la Declaración Anual?

La fecha para hacer tu declaración anual depende completamente de tu clasificación fiscal ante el SAT. Esta diferenciación no es arbitraria: responde a la complejidad operativa y los ciclos de cierre contable de cada tipo de contribuyente.

Personas Físicas: Abril

Si eres persona física, tu ventana para presentar la declaración anual 2025 es del 1 al 30 de abril.

El SAT eligió abril porque permite a los trabajadores recibir toda la documentación fiscal del año anterior.

¿Por qué no hay prórrogas?

Cuando el 30 de abril cae en domingo, la fecha se recorre al siguiente día hábil según el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación, pero fuera de esta regla técnica, el SAT mantiene fechas rígidas para evitar saturaciones en su sistema.

Personas Morales: El trimestre de Marzo

Las empresas y personas morales deben presentar su declaración anual del 1 de enero al 31 de marzo de 2025.

¿Por qué tres meses completos?

Las personas morales manejan estructuras financieras más complejas: nóminas extensas, múltiples centros de costos, inventarios, depreciaciones y amortizaciones que requieren tiempo para consolidarse correctamente.

Donatarias Autorizadas: Febrero adelantado

Las donatarias autorizadas tuvieron hasta el 17 de febrero de 2025 para presentar su declaración, aunque esta fecha ya venció, es importante mencionarla porque estas organizaciones pueden solicitar prórrogas en casos justificados.

Factores que determinan cuándo debes declarar

No todos los contribuyentes están obligados a declarar, y entender quién debe hacerlo es crucial para evitar cumplir innecesariamente o, peor aún, omitir cuando es obligatorio.

Obligaciones para personas físicas

Debes presentar declaración anual si trabajaste para un solo empleador, pero dejaste de laborar antes del 31 de diciembre, obtuviste ingresos distintos de salarios, trabajaste para dos o más empleadores simultáneamente, o si tus ingresos anuales superaron $400,000 pesos.

La regla de los $400,000 pesos es fundamental: si eres colaborador con un solo patrón y tu ingreso anual fue menor a esta cantidad, NO tienes obligación de declarar. Sin embargo, muchas personas en esta situación pueden tener saldo a favor y conviene presentar declaración voluntariamente.

Otros casos obligatorios incluyen:

  • Ingresos por servicios profesionales (honorarios, consultoría independiente)
  • Actividades empresariales (comercio, industria, servicios)
  • Rentas por arrendamiento de bienes inmuebles
  • Ingresos por plataformas tecnológicas (Uber, Rappi, freelance digital)
  • Dividendos y ganancias por inversiones
  • Enajenación de bienes (venta de propiedades, automóviles)

Obligaciones para personas morales

Todas las personas morales registradas ante el SAT están obligadas a presentar su declaración anual sin importar su nivel de ingresos. No existe excepción para empresas pequeñas o con pérdidas fiscales.

Esta obligación universal reconoce que las personas morales, por su naturaleza jurídica, siempre generan movimientos fiscales relevantes: pagos de nómina, retenciones de ISR e IMSS, operaciones con proveedores, y participación de utilidades a trabajadores.

El proceso de presentación: ¿Cómo y dónde?

La declaración anual solo se presenta en línea a través del portal oficial del SAT en sat.gob.mx. No existe presentación física ni por terceros no autorizados. A continuación, te compartimos los requisitos:

  • Para presentar la declaración anual se requiere contraseña o e.firma activa. La e. Firma es obligatoria para saldos a favor superiores a $50,000 pesos y cuando cambies datos bancarios precargados.
  • Para saldos a favor menores a $10,000 pesos, puedes usar contraseña generada por internet, teléfono o SAT Móvil. Esta flexibilización busca facilitar el proceso a contribuyentes con movimientos fiscales menores.
  • RFC actualizado y sin inconsistencias
  • Datos bancarios vigentes para devoluciones
  • Información fiscal del ejercicio (recibos de nómina, facturas, comprobantes de deducciones)

¿Cómo hacerlo?

El SAT desarrolló una aplicación con declaración prellenada y propuesta de devolución preautorizada, donde el contribuyente solo revisa y envía. Esta automatización reduce errores y acelera el proceso significativamente.

Los contribuyentes pueden usar el simulador disponible en el portal del SAT para revisar su información antes de la presentación oficial. Usar el simulador es altamente recomendable para evitar errores en la declaración definitiva.

Consecuencias de no presentar la declaración a tiempo

Las multas por presentación extemporánea van desde $1,460 hasta $14,600 pesos para personas físicas, y pueden ser mucho mayores para personas morales según sus ingresos anuales.

Además de multas, se generan recargos e intereses que se acumulan desde la fecha límite hasta la regularización. Estos recargos pueden superar rápidamente el monto original del impuesto adeudado. Asimismo, puedes sufrir las siguientes consecuencias:

  • Cancelación del RFC por parte del SAT
  • Inhabilitación para recibir facturas o emitir comprobantes
  • Bloqueo de cuentas bancarias en casos extremos
  • Imposibilidad de obtener certificados de no adeudo

Opciones de pago y facilidades

Los contribuyentes que resulten con impuesto a pagar pueden hacerlo hasta en seis parcialidades, siempre que presenten la declaración en tiempo y realicen el primer pago dentro del plazo.

El esquema de parcialidades permite:

  • Primera parcialidad: durante abril (personas físicas) o marzo (personas morales)
  • Parcialidades restantes: distribuidas mensualmente
  • Fecha límite para última parcialidad: 30 de septiembre de 2025

Preparación para la declaración

El momento ideal para preparar tu declaración no es abril, sino durante todo el año fiscal. Los contribuyentes organizados mantienen archivos digitales de todos sus comprobantes fiscales desde enero.

Deducciones personales clave

Las deducciones autorizadas incluyen gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios y donativos, pero están limitadas al 15% de tus ingresos o cinco veces el valor de la UMA anual.

Planificar estas deducciones durante el año puede generar saldos a favor significativos, especialmente para contribuyentes con ingresos altos que pueden optimizar sus gastos deducibles.

Documentación indispensable

Conserva digitalmente:

  • Todos los recibos de nómina del ejercicio fiscal
  • Facturas de gastos deducibles con RFC correcto
  • Estados de cuenta bancarios y de inversiones
  • Comprobantes de donativos a organizaciones autorizadas
  • Documentación de créditos hipotecarios y seguros

Orientación y asesoría disponible

El SAT ofrece asesoría a través de chat, internet, MarcaSAT al 55 627 22 728, o citas presenciales en oficinas. Estos servicios son gratuitos y especialmente útiles para contribuyentes primerizos.

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